Expte. 22/18: Concesión del bar de la Piscina Municipal

Sin comentarios abril 2, 2018

E.A.T.I.M. DE GAMONAL

Mediante Decreto de Alcaldía, de fecha 16 de marzo de 2018, se ha resuelto la aprobación del Pliego de Condiciones que ha de regir en la concesión del Café- Bar de la Piscina Municipal en Gamonal, cuyas características más esenciales que servirán de base para la licitación y posterior adjudicación, son las siguientes:

1.- Entidad adjudicataria: EATIM de Gamonal, Plaza Constitución, 1 - Gamonal. Teléfono: 925708386. Fax: 925708385, www.aytogamonal.es

2.- Objeto del contrato: Concesión del Café-bar de la Piscina Municipal.

3.- Características del dominio público local: Inmueble anexo compuesto de almacén-cocina de 10,00 m2, zona de barra de 3,45 m2 y terraza de 16,10 m2.

4.- Procedimiento de licitación: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Criterio: Mayor canon ofertado.

5.- Plazo de concesión. Temporada de verano 2018. Prorrogable de mutuo acuerdo por una temporada más.

6.- Canon anual: 400 euros/temporada.

7.- Acreditación de la solvencia económica y financiera.

La solvencia económica y financiera se acreditará mediante justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. La solvencia técnica o profesional se acreditará por los siguie ntes medios: a. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años relacionados con el objeto de la concesión. b. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y en particular del personal responsable de la ejecución del contrato. c. Y una declaración indicando la maquinaria, material y equipo del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.

8.- Garantía provisional. No se exige.

9.- Garantía definitiva. El 3 % del valor del dominio público afectado.

10.- Plazo para la recepción de ofertas. - Los interesados presentarán sus proposiciones en la Secretaría de la EATIM de Gamonal, de 9:00 a 14:00 horas, junto con la documentación a que se refiere la Cláusula 10ª del Pliego de Condiciones, durante los treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Toledo. En caso de que el último día coincida en sábado o festivo el plazo quedará prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

Gamonal 16 de marzo de 2018.-El Alcalde Pedáneo, José Luis Muelas Jiménez.

Nº. I.-1494

Expte. 22/2018

En uso de las atribuciones que me están conferidas por la vigente Ley de Régimen Local, Reglamentos de aplicación y demás disposiciones legales concordantes, vengo en dictar el siguiente:

D E C R E T O.- Visto el expediente instruido para la concesión del uso y aprovechamiento privativo del bar y quiosco de helados sito en la Piscina Municipal de Gamonal para su explotación durante la temporada de verano, y resultando los siguientes,

ANTECEDENTES

I.- Mediante resolución de fecha 05/03/2018 se acordó la necesidad e idoneidad de llevar a cabo concesión del CAFÉ-BAR de la Piscina Municipal de Gamonal, cuya naturaleza es la de bien de dominio público. La concesión tiene por objeto la explotación del bar durante la temporada de baños para dar servicio a los usuarios de la piscina municipal.

II. Instruido expediente se ha elaborado el pliego de condiciones que ha regir la contratación.

Obra en el expediente informe favorable de la Secretaria del Ayuntamiento.

En su virtud esta Alcaldía, de conformidad con las competencias que me confiere la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP),

RESUELVE:

PRIMERO. – Completado el expediente para la licitación de la concesión demanial para explotación del bar y quiosco de helados de la Piscina Municipal de Gamonal, se aprueba el mismo disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación.

SEGUNDO. – Procédase a su licitación, publicando los anuncios correspondientes y concluido el procedimiento de adjudicación, dese cuenta de la propuesta de la mesa, a los fines y efectos legalmente prevenidos para la adjudicación de la concesión.

Lo mandó y firma el Alcalde-Pedáneo en Gamonal, a dieciséis de marzo de dos mil dieciocho, de todo lo cual yo, la Secretaria, CERTIFICO:

EL ALCALDE-PEDÁNEO,

Fdo.: José Luis Muelas Jiménez

PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE CONCESION PARA LA EXPLOTACIÓN DEL BAR CON TERRAZA Y QUIOSCO DE HELADOS UBICADO EN LA PISCINA MUNICIPAL DE GAMONAL

I. – OBJETO DE LA CONCESIÓN

El objeto de la concesión del dominio público consiste en la ocupación privativa para la explotación del CAFÉ-BAR con terraza y el QUIOSCO DE HELADOS, de la Piscina Municipal de Gamonal (Toledo) durante la TEMPORADA DE VERANO, en la forma y con las condiciones que se establecen en el presente pliego, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. La concesión se otorgará salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero.

El inmueble donde se localiza el bar-terraza consta de las siguientes dimensiones: almacéncocina de 10,00 m2, zona de barra de 3,45 m2 y terraza de 16,10 m2.

El objeto principal de este contrato estará determinado por la concesión del CAFÉ-BAR Y QUIOSCO DE LA PISCINA para su explotación durante la temporada de baños, incluyendo expedición de productos propios del mismo, conservación y mantenimiento de las dependencias propias del lugar, aportación del mobiliario e instrumental para el servicio, control y adecuación a los registros sanitarios exigibles por lo que respecta a la instalación, productos expedidos y elementos personales afectos al mismo, mantenimiento y conservación de todo el mobiliario, de forma que siempre estén en debidas condiciones de funcionamiento, siendo todos los gastos que se originen a cargo del adjudicatario, incluyendo las reparaciones.

II. – ORGANO DE CONTRATACION

El órgano competente, que actúa en nombre del Ayuntamiento de Gamonal, es el Alcalde, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda apartado 9 de la LCSP 9/2017.

El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.

III. – RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

Tal y como recoge el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se encuentran excluidas de la presente Ley, las autorizaciones y concesiones sobre bienes de dominio público, que se regularán por su legislación específica salvo en los casos en que expresamente se declaren de aplicación las prescripciones de la presente Ley.

La utilización del dominio público, para el presente contrato, tiene naturaleza de concesión demanial, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir entre el Ayuntamiento y el contratista, serán resueltas por el órgano municipal competente para otorgar la concesión, cuyos acuerdos podrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo dispuesto en el apartado anterior debe entenderse sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso de reposición contra los actos administrativos que dicte el órgano de contratación, en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

IV. – PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

La forma de adjudicación de la concesión será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición.

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta, se va a tener en cuenta un solo criterio para seleccionar al contratista adjudicatario, que es el precio.

V. – PLAZO DE LA ADJUDICACIÓN

El contrato tendrá una vigencia de UN año (una temporada de baño) a contar desde la fecha de su formalización. No obstante, se podrá prorrogar por un año más por mutuo acuerdo de las partes antes de su vencimiento, sin que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas pueda exceder de DOS años (dos temporadas de baño).

VI. – OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO

1º.- Encargarse de la limpieza del dominio público que se ceda y que utilice directa o indirectamente.

2º.- Se prohíbe realizar obras o reformas, si antes no ha obtenido la correspondiente autorización municipal. Las mejoras que, con la autorización mencionada pudieran realizarse quedarán incorporadas al inmueble, pasando a ser de propiedad municipal.

3º.- Contratar un seguro para cubrir los riesgos de las instalaciones y aparatos de cualquier naturaleza, así como otros de responsabilidad civil por los daños personales o materiales que se puedan causar como consecuencia del ejercicio de dicha actividad, tanto al personal que preste servicios como a los asistentes y a terceros. Una copia de tales pólizas, de igual duración que el plazo de concesión, deberá ser aportada al Ayuntamiento.

4º.- Colaborar con el Ayuntamiento de Gamonal en las actividades que este pudiera organizar y se desarrollen en las instalaciones objeto de la concesión.

5º.- Abandonar a la finalización del plazo concesional, el dominio público ocupado y dejar todas las instalaciones en perfecto estado de uso, a disposición del Ayuntamiento.

6º.- El adjudicatario no correrá con los gastos de agua y energía eléctrica de la instalación siempre y cuando durante el periodo de vigencia del contrato no cambien las condiciones del Convenio de prestación de estos servicios con el Ayuntamiento de Talavera de la Reina. La potencia eléctrica del bar está limitada a 6.000 KW (monofásico) mientras que la del kiosco está limitada a 4.000 KW (monofásico). Los gastos de reparación de las instalaciones de todo tipo serán de cuenta del adjudicatario.

7º.- El bar podrá permanecer abierto fuera del horario de apertura de la piscina municipal, dentro del horario máximo establecido en la Orden de la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de fecha 4 de enero de 1996.

8º.- El adjudicatario vendrá obligado con respecto al personal que emplea en la ejecución del contrato, al cumplimiento de la normativa vigente, especialmente en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, así como a lo legislado en materia de sanidad alimentaria. También asumirá el pago de cualquier impuesto o tasa relacionada con cualquier actividad, siendo la EATIM ajena a estas cuestiones.

9º.- El café-bar deberá disponer de un Programa de autocontrol según determina la legislación en materia de condiciones higiénico-sanitarias.

10º.- El adjudicatario ejercerá por sí el Servicio y no podrá cederlo ni traspasarlo a terceros sin la previa autorización del ayuntamiento.

11º.- El adjudicatario queda obligado a establecer precios con arreglo a la lista oficial de precios debidamente visada y sellada por el Organismo competente, que deberá permanecer expuesta al público en lugar visible y a disponer de las correspondientes hojas de reclamaciones.

El Ayuntamiento tendrá las siguientes potestades:

1º.) Fiscalizar la gestión del servicio por lo que se refiere a obras, instalaciones y local y la documentación relacionada con el objeto del mismo.

2º.) Asumir temporalmente la prestación del servicio, en los casos en que no la prestare o no la pudiera prestar el adjudicatario, por circunstancias imputables o no al mismo.

3º.) Imponer al adjudicatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiera.

4º.) Resolver el contrato.

VII. – CANON MINIMO

SERVICIO DE BAR Y QUIOSCO DE HELADOS: El canon anual a pagar por la concesión será el ofertado por el adjudicatario. A tal efecto, el tipo económico de la licitación se fija en 400 euros por temporada, mejorable al alza, rechazándose automáticamente las ofertas que no alcanzaren el mencionado tipo. Las ofertas se realizarán conforme al modelo que proposición recogido en el Anexo I de este Pliego de Condiciones. Este canon se ingresará dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación, en la cuenta que a tal efecto señale el Ayuntamiento de Gamonal y la anualidad siguiente en caso de prórroga antes del 15 de junio. La falta de pago en los plazos señalados, llevará consigo los recargos de apremio previstos en el Reglamento General de Recaudación y el abono de los intereses que correspondan, además de las sanciones administrativas correspondientes a las faltas muy graves.

VIII. - CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar con arreglo al artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en el presente Pliego.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.

Las personas jurídicas que se presenten a la convocatoria de licitación pública solo serán admitidas a la licitación cuando las prestaciones del objeto social del sus estatutos o reglas fundacionales estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad de esta concesión del dominio público local.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los licitadores que deseen tomar parte en el presente procedimiento deberán acreditar estar en posesión de las siguientes condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica:

La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará mediante: Justificante de la existencia de seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. De conformidad con lo dispuesto en el art. 140.1 LCSP, se establece que las proposiciones en el procedimiento abierto deberán ir acompañadas de una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, incluida en el Anexo III.

La solvencia técnica o profesional del empresario se apreciará a través de los siguientes medios:

a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.

b) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de la empresa, y en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

c) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.

IX. – PERFIL DEL CONTRATANTE

Con el fin de asegurar la transparencia y acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Pliego de Condiciones estará disponible en la siguiente página web: http://www.aytogamonal.es en la sección Perfil del contratante.

Igualmente, el expediente de esta licitación podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento, durante el plazo de presentación de ofertas.

X. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Plaza Constitución, 1, Gamonal (Toledo) en horario de atención al público de 9 a 14 horas, en el plazo de TREINTA DIAS HABILES contados desde la publicación del anuncio del pliego en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.

Las proposiciones podrán presentarse además por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Las proposiciones que se presenten por correo postal, se someterán a los siguientes requisitos:

a) Las personas o entidades licitadoras justificarán la imposición del envío en la oficina de correos.

b) Se comunicará la remisión de la oferta al órgano de contratación mediante télex, fax o telegrama en el mismo día en que tenga lugar la imposición del envío.

c) El envío tan solo será válido si existe constancia de la transmisión y de la recepción, de sus datos completos, del contenido íntegro de las comunicaciones y de la identificación fidedigna del remitente y del destinatario. En dicho caso se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.

d) La proposición no será admitida una vez transcurridos diez días naturales contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones sin que el órgano de contratación la haya recibido.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.

Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre que contendrá otros dos sobres cerrados, A y B firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en el que figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CAFÉ-BAR CON TERRAZA DE LA PISCINA MUNICIPAL DE GAMONAL”.

La denominación de los sobres es la siguiente:

- Sobre “A”: ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES.

- Sobre “B”: PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.

SOBRE A: ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES QUE PRESENTA LA EMPRESA/D/Dª……………………………………………………………PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN CONVOCADA PARA ADJUDICAR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CAFÉ-BAR CON TERRAZA DE LA PISCINA MUNICIPAL DE GAMONAL. EXPEDIENTE: 22/2018”.

El contenido de este sobre deberá está relacionado en un documento independiente de forma numerada y en él se incluirá la documentación que se detalla a continuación:

1. Una declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo único de contratación conforme al anexo II del presente pliego, que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación, en la que el licitador ponga de manifiesto lo siguiente:

o Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.

o Que cumple los requisitos de solvencia, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establezca el pliego de conformidad con el formulario normalizado del documento europeo único de contratación.

o Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP.

2. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdicción al extranjero que pudiera corresponder al licitante.

3. En el supuesto en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación. Adicionalmente a la declaración o declaraciones anteriores se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP 9/2017.

SOBRE B: PROPOSICIÓN ECONÓMICA QUE PRESENTA LA EMPRESA/D/Dª………………………………………………………………………………PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN CONVOCADA PARA ADJUDICAR LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CAFÉ-BAR CON TERRAZA DE LA PISCINA MUNICIPAL DE GAMONAL. EXPEDIENTE: 22/2018”.

En el sobre B deberá introducirse la proposición económica conforme al modelo que figura en el Anexo I del presente Pliego.

La falta de presentación de las proposiciones en la forma indicada en la presente cláusula dará lugar a la inadmisión de la oferta. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores, o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.

En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última.

Terminado el plazo de presentación de proposiciones, el funcionario responsable del Registro General expedirá una certificación donde se relacionen las ofertas recibidas, las presentadas por correo, pero aún no recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de ofertas, que, junto con los sobres, remitirá a la secretaría de la Mesa de contratación designada por el órgano de contratación.

XI. – APERTURA DE PROPOSICIONES

La Mesa de contratación, previa convocatoria de su Presidente, procederá a la apertura del sobre “A” y calificar la documentación administrativa en él contenida. En caso de observar defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará a los interesados para que en un plazo máximo de cinco días procedan a dicha subsanación

Una vez calificada la documentación del sobre “A”, la Mesa previa convocatoria de su Presidente, celebrará sesión pública en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial de la EATIM de Gamonal, Plaza de la Constitución, 1, para la apertura del sobre “B” que contiene la proposición económica. La convocatoria para la celebración de la sesión pública se notificará a todos los licitadores. La sesión se desarrollará con arreglo al siguiente procedimiento: El Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones presentadas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación presentada en el sobre “A”, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta y dándoles ocasión para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en idénticas condiciones en que fueron entregados.

Seguidamente el Presidente de la Mesa procederá a la apertura del sobre de las proposiciones que contienen la propuesta económica. Únicamente, se abrirán los sobres de los licitadores que hayan obtenido una calificación favorable.

Seguidamente el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y elevará su propuesta al órgano de contratación. Esta clasificación atenderá a los siguientes criterios: MAYOR CANON OFERTADO.

XII. – ADJUDICACIÓN

Aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, acredite la capacidad y solvencia y ausencia de prohibiciones, aportando la siguiente documentación:

A) Acreditación de la capacidad de obrar:

Certificado del Registro Oficial de Licitadores y de Empresas Clasificadas, de la JCCA. En su defecto:

a. Cuando se trate de empresarios individuales, Documento Nacional de Identidad.

b. Cuando se trate de personas jurídicas, escritura de constitución y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible

c. Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del RGLCAP.

d. Cuando se trate de empresas no españolas no incluidas en el apartado anterior, informe expedido por la representación diplomática española.

e. Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación.

f. Escritura de constitución de la Unión temporal de empresas, en su caso.

B) Acreditación de la solvencia:

Certificado expedido por el órgano competente que justifique estar en posesión de la clasificación para el tipo de actividad que comprende la explotación del dominio público local. En su defecto:

a. Para acreditar la solvencia económica y financiera, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b. A efectos de acreditar la solvencia técnica o profesional: una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años relacionados con el objeto de la concesión, las titulaciones académicas y profesionales del empresario y en particular del personal responsable de la ejecución del contrato y una declaración indicando la maquinaria, material y equipo del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.

C) Ausencia de prohibiciones

a. Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta.

b. Certificación administrativa expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

c. Certificación administrativa expedida por la Tesorería del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.

d. Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.

e. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la UE que no tengan domicilio fiscal en España, certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias.

f. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismos profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones de contratar con el Ayuntamiento de Gamonal conforme al artículo 71 de la LCSP 9/2017.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad y a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

XIII. - CUANTÍA Y FORMA DE LAS GARANTÍAS

No se exige garantía provisional.

Garantía definitiva

El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 10 días hábiles desde que se le requiera, la constitución de una garantía equivalente al 3% del valor del dominio público afectado por la concesión.

La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, en la forma y condiciones establecidas en los arts. 55 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Devolución: Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido el plazo de la misma, en su caso, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval.

XIV. – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario queda obligado a suscribir el documento administrativo de formalización del contrato, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.

No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.

XV. – REGIMEN SANCIONADOR

Por causa de infracción en lo previsto en el presente Pliego de condiciones, se establecen las siguientes infracciones y sanciones:

Son infracciones muy graves:

El abandono de las instalaciones de tal manera, que no puedan cumplir sus fines.

Modificar, demoler y construir instalaciones del servicio sin la previa autorización municipal. Cierre al público de las instalaciones durante toda dos jornadas consecutivas sin causa justificada dentro del periodo de apertura al público.

Reiteración de faltas graves en tres ocasiones en una misma temporada.

Son infracciones graves:

Incumplimiento de las instrucciones y órdenes escritas y verbales de cualquier órgano del Ayuntamiento.

La suciedad o abandono en la limpieza de las instalaciones.

Cierre al público de las instalaciones durante toda una jornada.

Uso por parte del concesionario de las instalaciones y medios adscritos a la concesión para otros fines ajenos al mismo, sin la autorización del Ayuntamiento.

Hacer uso de instrumentos musicales, aparatos reproductores de sonido, megafonía, radios, televisión y similares por encima del nivel legalmente permitido, así como la alteración de la tranquilidad de los vecinos por los usuarios del café-bar y terraza.

Ser reincidente en un mismo tipo de falta leve en una misma temporada.

Son infracciones Leves:

Pequeñas desconsideraciones con el público usuario.

Falta de puntualidad en el horario de apertura y cierre del establecimiento.

Falta de aseo en el personal que realice la actividad.

SANCIONES:

Infracciones muy graves:

Multa de 601,01 hasta 901,51 euros

Resolución del Contrato

Infracciones Graves:

Multa desde 300,50 euros a 601,01 euros.

Infracciones Leves:

Apercibimiento

Con multa entre 150,02 a 300,50 euros

DILIGENCIA: La extiendo yo la Secretaria- Interventora del Ayuntamiento, para hacer constar que los presentes Pliegos han sido aprobados por el Sr. Alcalde-Pedáneo mediante Decreto de Alcaldía de fecha 16.03.2018.

La Secretaria- Interventora

Fdo.: M.ª Teresa Felipe Castillo

ANEXO I

MODELO DE PROPOSICION

Don……………………………………………………………………………….…..mayor de edad, con DNI número………………………. natural de ……………………………………….. provincia de …………………..……, y con domicilio en …………………………………. c/ …………………………………………………………….. teléfono …………………………….. actuando en nombre propio (o en representación de la empresa ……………………………………………………………………, conforme acredito con poder bastanteado), manifiesta que, enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha…………………………………, conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen para adjudicar mediante procedimiento abierto, el contrato de CONCESION DEMANIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DE CAFÉ-BAR Y KIOSCO PARA LA VENTA DE HELADOS DE LA PISCINA MUNICIPAL de Gamonal, se compromete, en la representación que ostenta, a ejecutarlas de conformidad con el Pliego de Condiciones, y a llevar a cabo el objeto del contrato formulando la siguiente oferta:

- Canon anual: …………………………………………………………………………………………………………………………….. € anuales, (reflejar en número y letra).

En _____________________, a ____de_________________de 2018

Fdo.: ________________________________”.

ANEXO II

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dª.……………………………………………………………………………….…..mayor de edad, con DNI número………………………. natural de ……………………………………….. provincia de …………………..……, y con domicilio en …………………………………. c/ …………………………………………………………….. teléfono …………………………….. actuando en nombre propio (o en representación de la empresa ……………………………………………………………………, conforme acredito con poder bastanteado), DECLARA RESPONSABLEMENTE:

Que tiene voluntad de participar en la licitación convocada para adjudicar la CONCESION DEMANIAL PARA LA EXPLOTACIÓN DEL CAFÉ-BAR Y KIOSCO DE HELADOS EN LA PISCINA MUNICIPAL DE GAMONAL. Expediente: 22/2018

Que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración Pública referidas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones y en particular, pongo de manifiesto lo siguiente:

1.º Que la sociedad…………………………………………………, que represento está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que ostento la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.

2.º Que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnico o profesional exigidos, en las condiciones establecidas en el pliego.

3.º Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017.

Que, para el caso de que sea propuesto como adjudicatario del citado contrato, se compromete a presentar en ese Ayuntamiento la documentación exigida en el Pliego de condiciones que rige la adjudicación y ejecución de dicho contrato.

En _____________________, a ____de_________________de 2018

Fdo.: ________________________________”.


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